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sábado, 29 de enero de 2011

Pacto de Toledo: de aquellos polvos vienen estos fangos…


En 1995 las Cortes españolas aprobaron el llamado “Pacto de Toledo”, constituido por un conjunto de medidas, todas ellas dirigidas a “cambiar de base” lo que, históricamente y hasta entonces, daba fundamento al Sistema de Seguridad Social y por extensión, a todo el propio sistema de Protección Social del Estado...
El “Pacto de Toledo” fue para las Prestaciones Sociales (incluidas las Pensiones de Jubilación) lo que fueron los “Pactos de la Moncloa” de 1978 para los derechos laborales: las bases que propiciaron el principio del fin de un conjunto de derechos duramente conquistados a lo largo de la Historia por el movimiento obrero.
Los “Pactos de la Moncloa” fueron la puerta por la que se coló, entre otras, la posterior Ley del Estatuto de los Trabajadores; norma que, por primera vez, consagró el “despido libre”, eso sí: “apoquinando” el Empresario la cantidad prevista en concepto de Indemnización (siempre que no fuera insolvente o se procurara una declaración fraudulenta de “insolvencia”). El Estatuto de los Trabajadores y la consecuente reforma de la Ley de Procedimiento Laboral, alteraron el llamado “derecho de opción” en supuestos de Despidos Improcedentes: si hasta aquél momento, tal derecho (readmisión o indemnización) correspondía al trabajador/a, a partir de entonces sería la Empresa la que decidiría… Otra “guinda” del Estatuto de los Trabajadores fue inaugurar y bendecir legalmente la precariedad en el sistema de Contratos Laborales. Hasta aquél momento, los contratos fijos eran Ley, y los temporales excepción. Con el E.T. se “da la vuelta a la tortilla” (también en este aspecto) inaugurándose la época de proliferación de normas reguladoras de Contratos-basura (con diferentes niveles de putrefacción, según las circunstancias).
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